PENSIÓN POR VEJEZ

Tienen derecho a Pensión por vejez los servidores públicos que habiendo cumplido sesenta años de edad, tuviesen cuando menos quince años de servicio e igual tiempo de contribución al fondo de pensiones, y si hubieren ingresado a cotizar al fondo de pensiones después de la publicación de la reforma a la ley de pensiones de fecha 25 de agosto de 2015, deberán de contar con 65 años de edad.

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