¿Qué es un Préstamo de Liquidez?
A) Para servidores públicos, Modalidad Liquidez
El monto del préstamo será de hasta $ 400,000.00 cuatrocientos mil pesos 00/100 m.n. No debe rebasar los 70 años de edad.
B) Para jubilados y pensionados por vejez e invalidez.
Monto de hasta 150,000.00 ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N. con descuentos sujetos del 30% 35% 40% 45% y 50% de su percepción como jubilado o pensionado de esta institución a un plazo máximo de 15 años. No debe rebasar los 70 años de edad.
C) Generando un interés ordinario del 8% anual global, más el 2% anual global del seguro hipotecario.
¿Cómo ejercerlo?
Requisitos:
- Copia de la escritura del inmueble.
- Original del certificado de libertad de gravamen, expedido por el Registro Público del la Propiedad, será por 10, 20 o más de acuerdo a la fecha de escrituración de la propiedad (vigencia un mes).
- Copia de número oficial, reciente, expedido por la Autoridad municipal o pago de predial.
- Copia de identificación personal (INE, pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla militar).
- Copia del último talón de cheque de nómina, o en su caso constancia de nómina.
- Copia de comprobante de domicilio reciente.
- Copia de acta de nacimiento.
- Copia de acta de matrimonio (en caso de que aplique).
- Clabe interbancaria impresa, para la transferencia del préstamo.
- Avaluó (vigencia dos años), realizado por peritos de esta institución (costo 1000 pesos). El inmueble debe ser urbano.
- Solicitud proporcionada al entregar la documentación completa, que en su caso será entregada al sindicato al que corresponda. (en caso de ser Institutos incorporados, Jubilados y Pensionados, presentarlo en esta institución, firmada por el derechohabiente y el deudor solidario en su caso).
- Si es trabajador de confianza deberá anexar copia de su Movimiento de Personal (Art. 25 del Reglamento para el Otorgamiento de Prestaciones).
- Cuando existan deudores solidarios o sociedad conyugal, anexar los documentos señalados en los puntos 4,6,7 y 8.
- Los préstamos podrán ser con un descuento del 30%, 35%, 40%, 45% y 50% del salario base de cotización, plazo máximo 15 años según corresponda.
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